Hasta cuatro años de cárcel por bloqueo de carreteras en Puebla
Se podría sancionar a quienes se manifiesten y cierren carreteras estatales o calles sin avisar a las autoridades previamente

Se podría sancionar a quienes se manifiesten y cierren carreteras estatales o calles sin avisar a las autoridades previamente
En el Congreso de Puebla, propusieron hasta cuatro años de cárcel para quienes realicen algún bloqueo de carreteras, es decir, se podría sancionar a quienes se manifiesten y cierren carreteras estatales o calles sin avisar a las autoridades previamente.
Dicha propuesta la presentó el diputado de Morena, Fernando Sánchez Sasia, quien presentó la iniciativa de reforma al artículo 188 del Código Penal local, donde, la sanción sería de tres días a cuatro años de prisión a quienes por sí mismos o con unidades de transporte.
“Bloqueen, cierren, detengan, limiten, desvíe o intercepten el tránsito vehicular en vías públicas contrariando los usos autorizados la Ley de Vialidad”, señaló.
Además, de una multa de tres a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), equivalentes a 325 pesos y hasta 3 mil 257 pesos. También recordó que el pasado viernes 28 de junio integrantes de la agrupación Fuerza 2000 bloquearon el Periférico Ecológico a la altura de la 11 sur, para exigir la libertad de “El Fede”.
Ya que se llevaba a cabo una audiencia por ser procesado por el delito de lesiones calificadas, daño en propiedad ajena, robo calificado y resistencia de particulares. Dicho bloqueo generó caos vial durante varias horas.
Además, ese mismo día, durante siete horas se apostaron en la caseta de Amozoc por un paro de transportistas. Por ello, el diputado consideró que este tipo de manifestaciones afectan a miles de personas
“Si bien es cierto el derecho y la libre manifestación, no se debe permitir ni tolerar el caos que generan este tipo de expresiones, que no solo es vial, económico y hasta de impacto a la salud”, señaló.
Añadió que la Constitución Política mexicana señala que toda persona tiene derecho a entrar al país y moverse dentro de él sin ningún requisito. Es decir, existe el derecho libre tránsito. señaló que la Ley de Vialidad estatal estipula que las autoridades en materia de vialidad no pueden limitar el tránsito de las personas.
En cambio, se puede hacer un uso extraordinario de la vialidad cuando se trata de desfiles, caravanas, manifestaciones y peregrinaciones, así como algún otro tipo de concentración humana política, religiosa, social o deportiva.
Además, para realizar este tipo de eventos, se deben solicitar con 72 horas de anticipación, por lo que, de no hacerlo, podría haber dichas sanciones.
