Ley de Amnistía propuesta por el gobernador Sergio Salomón, ¿En qué consiste?

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La amnistía o liberación anticipada se otorgará una sola ocasión a la persona en cuestión

El gobernador Sergio Salomón Céspedes envió al Congreso del Estado una propuesta para crear la Ley de Amnistía en Puebla, la cual consiste en la liberación anticipada de presos en ciertos casos.

Por su cuenta en esta semana la Mesa Directiva dio cuenta de la propuesta que envió el titular del Ejecutivo rumbo al fin de la LXI Legislatura.

La amnistía es un beneficio que se le otorga a personas privadas de su libertad y con una sentencia pendiente pueden acceder, siempre y cuando cumplan los requisitos.

Pues su objetivo es priorizar el respeto de los derechos humanos en personas que vivan en condiciones de pobreza, vulnerabilidad o con alguna discapacidad.

Así como en diversos escenarios en los que el delito cometido no sea calificado como grave, aunque en este caso se deberá realizar una investigación previa.

El documento presentado ante el Congreso Local detalla en cuáles casos aplicaría una liberación anticipada, en las que tendrá efecto en las siguientes circunstancias:

• Por situación de pobreza extrema o vulnerabilidad por condición de exclusión
• Si la persona cuenta con una discapacidad permanente o si su proceso no tuvo una garantía de acceso a la justicia
• Si la persona se autoadscribe como indígena o pertenece a una comunidad afromexicana

Además, aplicará si la persona cometió el delito por temor fundado; fue obligada por grupos del crimen organizado. Así como si el delito fue cometido por indicación del cónyuge, concubina o concubino, pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad.

En dichos casos tendrá que desahogarse una investigación previa y la Comisión de Amnistía tendría que hacer la evaluación del caso.

La Ley de Amnistía también le otorgará el beneficio de la liberación anticipada a personas consumidores que posean narcóticos en cantidades superiores a dos dosis. Esto solo aplicará en el caso que este no sea para comercio, distribución, suministro y venta.

También en casos de robo sin violencia y que no amerite una pena de más de tres años de prisión. Por el delito de sedición o que hayan invitado a formar parte de grupos impulsados por razones políticas, aunque aplicará si no se trata de terrorismo.

Sin embargo, la amnistía no será concedida cuando se hayan cometido delitos contra la vida o la integridad de las personas como secuestro, lenocinio o trata de personas.

Cuando se emplearon armas de fuego, se hayan cometido delitos graves dentro del orden estatal, o si ya recibieron el beneficio de la amnistía previamente.

La propuesta también indica que se establecerá una Comisión de Amnistía, la cual decidirá en qué casos aplicará este beneficio, en ella participaran los titulares de las siguientes dependencias:

• Secretaría de Gobernación
• Secretaría de Seguridad Pública
• Secretaría de Bienestar
• Secretaría de Igualdad Sustantiva
• Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

La comisión tendrá que definir un mecanismo tanto para el armado de solicitudes como para el análisis de las misma. Dicho solicitudes deben ser presentadas por los defensores públicos o particulares, así como familiares o personas designadas por la vía legal.
La amnistía solo se aplicará en una única ocasión a las personas y su resolutivo deberá ser emitido en menos de seis meses a partir de su presentación.

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