Uber moto ya opera en Puebla: aunque esté prohibido

El pasado 8 de agosto la Secretaría de Movilidad y Transporte del estado informó que el servicio de Uber Moto estaba prohibido en Puebla
A pesar de que la Secretaría de Movilidad y Transporte del gobierno del estado dio a conocer el pasado 8 de agosto que no está permitida la modalidad de Uber moto en Puebla, ya fue activada en la capital poblana, pues así aparece en la aplicación de esta empresa dedicada a los viajes privados.
Pues se sabe que, al ingresar a la app es posible encontrarse con varias formas de viajar, tales como el Uber X que es el servicio normal, Uber Planet que una parte de la tarifa se destina a comprender la huella de carbono, Comfort que son vehículos más grandes donde caben hasta seis personas y ahora moto.
Al aceptar esta última modalidad se dan algunas recomendaciones al usuario, ya que solo se permite un pasajero, además, se le pide que no se sostenga del cuerpo del socio conductor y se deje cierta distancia, además de que se deberá sujetar de los costados de la moto.
También en caso de que durante el viaje frenen por un semáforo, se pide que mantenga los pies en los pedales para evitar algún percance. Para saber de más consejos, se le pide al usuario ingresar para conocerlos.
En dicha página se recomienda que el pasajero nunca comience el viaje sin un casco de seguridad, así como solo subir a la moto cuando el conductor tenga los dos pies apoyados en el suelo y algunos tips para poder abordar el vehículo de dos ruedas.
En caso de una mujer embarazada se pide evitar utilizar esta modalidad de viaje, si bien esta nueva forma de viajar ya se encuentra activada en Puebla, al solicitar el servicio no se asigna un conductor y después de más de 10 minutos de espera se cancela el viaje, ya que aparece una leyenda en la que se indica que no hay motos disponibles.
Cabe señalar que esta modalidad fue implementada en la Ciudad de México, sin embargo, la Secretaría de Movilidad y Transporte del estado emitió un comunicado el pasado 8 de agosto en el que señaló que los servicios de transporte mercantil, clasificados en el artículo 14 de la Ley de Transporte del Estado de Puebla, no contemplan el uso de motocicletas para el traslado de personas, como lo es la modalidad “Uber Moto”, por lo que este servicio no está reconocido por la dependencia.
Por ello, este tipo de viajes son acreedores a sanciones administrativas y acciones penales correspondientes por la prestación del transporte sin autorización, permiso o registro. Incluso se les pide a los prestadores de los servicios público y mercantil a optar por servicios legales que salvaguarden la integridad de los pasajeros
